EXONERACIÓN DE CONTRIBUCION INMOBILIARIA A JUBILADOS O PENSIONISTAS

Gestionante: cualquier jubilado o pensionista, cuyo tope de ingresos no supere al fijado por la Intendencia.

Se realiza: completando un formulario de declaración jurada en la oficina de Reguladora de Trámites.

Se necesita: - nombre y cédula de identidad, - recibo de cobro de jubilación o pasividad - número de padrón (que el padrón a exonerar sea la única propiedad, que esté habitado en forma permanente por sus propios dueños y familiares de primer grado, que los ingresos del núcleo familiar no superen los tres sueldos mínimos nacionales, que el aforo no supere los 30 salarios mínimos).

 




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Comunicarse con las diferentes Áreas de la Intendencia.

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